Gestoría · Don Benito

Gestoría en Don Benito para quien empieza un negocio

Al iniciar una actividad en Don Benito aparecen a la vez el alta, los primeros impuestos y, a veces, la primera contratación. Le ayudamos a saber qué declaraciones le corresponderán desde el primer trimestre y a organizar la información para presentarlas, como autónomo o como sociedad.

Primeros meses de actividad

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  • Primeras declaraciones
  • Cambio de autónomo a sociedad
  • La primera contratación

Empezar con orden

Qué podemos llevar desde el inicio

  • Primeras declaraciones

    Revisamos su actividad y su régimen para identificar los modelos que deberá presentar desde el principio. La propuesta indica cuáles incluye y en qué periodos.

    Conozca el servicio de asesoría fiscal →
  • Cambio de autónomo a sociedad

    Si su negocio pasa a funcionar como sociedad, revisamos qué obligaciones mantiene usted y cuáles asume la nueva entidad, y desde cuándo. La constitución ante notaría y Registro no forma parte de este servicio.

  • La primera contratación

    Si va a incorporar personal, preparamos el contrato, el alta y las nóminas incluidas en la propuesta, después de revisar el puesto y la jornada.

La propuesta identifica quién se ocupa de cada área y qué declaraciones y tareas laborales incluye. No ofrecemos contabilidad.

Iniciar en Don Benito

Tres trámites que no conviene confundir al empezar

El inicio de un negocio en Don Benito implica a varios organismos. Distinguimos lo que corresponde a la Agencia Tributaria, al Ayuntamiento y a la forma jurídica que elija.

Impuestos y declaraciones

Modelos que presentamos y cuándo

Modelos tributarios: plazos generales y particularidades del calendario de 2026
ModeloQué esPara quiénCuándo
303Autoliquidación del IVAAutónomos y sociedades obligados a liquidar IVA.En régimen trimestral: del 1 al 20 de abril, julio y octubre; cuarto trimestre, del 1 al 30 de enero siguiente.
390Resumen anual del IVADeclarantes de IVA obligados a este resumen; existen exoneraciones.Del 1 al 30 de enero del año siguiente.
130Pago fraccionado del IRPF en estimación directaAutónomos obligados a efectuar estos pagos; no todos los profesionales lo presentan.Del 1 al 20 de abril, julio y octubre; cuarto trimestre, del 1 al 30 de enero siguiente.
111Retenciones de trabajadores y profesionalesEmpresas y autónomos que pagan rentas sujetas a estas retenciones.En régimen trimestral: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre. El cuarto trimestre también vence el 20 de enero.
190Resumen anual de retencionesObligados al resumen anual de las retenciones del modelo 111.Enero del año siguiente; en el calendario de 2026, hasta el 2 de febrero para el ejercicio 2025.
115Retenciones por arrendamiento de inmuebles urbanosQuien paga alquileres sujetos a retención; no todos los alquileres la llevan.En régimen trimestral: del 1 al 20 de enero, abril, julio y octubre. El cuarto trimestre también vence el 20 de enero.
180Resumen anual de retenciones por alquilerObligados al resumen anual de las retenciones del modelo 115.Enero del año siguiente; en el calendario de 2026, hasta el 2 de febrero para el ejercicio 2025.
347Declaración anual de operaciones con tercerosObligados que superan 3.005,06 € anuales con una misma persona o entidad, con las exclusiones aplicables.Febrero del año siguiente; en el calendario de 2026, hasta el 2 de marzo para el ejercicio 2025.
200Impuesto sobre SociedadesSociedades obligadas. La empresa aporta sus cuentas y la información de cierre; no llevamos su contabilidad.Con carácter general, los 25 días naturales posteriores a los seis meses siguientes al cierre. Si el ejercicio es el año natural: del 1 al 25 de julio; en 2026, hasta el 27 de julio.
202Pagos fraccionados del Impuesto sobre SociedadesSociedades obligadas a realizar estos pagos.Del 1 al 20 de abril, octubre y diciembre; en 2026, el plazo de diciembre termina el día 21.
100Declaración anual de la rentaContribuyentes incluidos en la propuesta que deban presentar IRPF.Presentación por Internet de Renta 2025 en la campaña de 2026: del 8 de abril al 30 de junio.

Plazos generales de la Agencia Tributaria; si el último día es inhábil se traslada, y la domiciliación termina antes. Los modelos que le corresponden dependen de su actividad y forma jurídica. Las periodicidades mensuales y los regímenes especiales se revisan para su caso.

Fuentes: AEAT · Calendario del contribuyente 2026 (se abre en una pestaña nueva) · AEAT · Plazos de presentación y domiciliación 2026 (se abre en una pestaña nueva) · AEAT · Vencimientos del 2 de febrero de 2026 (180 y 190) (se abre en una pestaña nueva) · AEAT · Vencimientos del 27 de julio de 2026 (200) (se abre en una pestaña nueva) · AEAT · Vencimientos del 21 de diciembre de 2026 (202) (se abre en una pestaña nueva) · AEAT · Renta 2025 por Internet, campaña 2026 (se abre en una pestaña nueva) · AEAT · Vencimientos del 2 de marzo de 2026 (347) (se abre en una pestaña nueva)

Antes de la primera factura

Cuéntenos qué va a vender o qué servicio va a prestar, cómo cobrará y si prevé trabajar con local o con personal. Con esa información revisamos qué modelos le corresponderán y qué conviene preparar desde el principio, como la forma de guardar las facturas emitidas y recibidas.

No necesita tener todo decidido para consultar. Si aún duda entre empezar como autónomo o como sociedad, podemos revisar con usted qué cambia en sus impuestos en cada caso. La elección depende de su situación concreta, por eso no publicamos una recomendación general.

Si ya es autónomo y quiere pasar a sociedad

El cambio afecta a quién presenta cada declaración y desde qué fecha. El último periodo como autónomo y el primero de la sociedad deben quedar claros para que ninguna obligación se quede sin presentar.

Revisamos con usted el calendario de ese cambio, la documentación de cada titular y qué tareas asumimos en cada etapa. La constitución y la inscripción de la sociedad se presupuestan aparte o las realiza el profesional que usted elija.

Comunicación y seguimiento

Empezar sin desplazarse

Atendemos a quien empieza un negocio en Don Benito desde Sevilla, sin oficina física, por teléfono, WhatsApp, correo o videollamada. Las dudas iniciales pueden resolverse en una llamada. La documentación personal o fiscal se envía por el canal que acordemos, no por WhatsApp.

Antes de iniciar el trabajo, acuerde con nuestro equipo de gestoría el canal para entregar la documentación. No la envíe por WhatsApp.

No envíe documentos fiscales, bancarios ni datos de trabajadores en la primera consulta.

El cambio, paso a paso

Del proyecto al primer trimestre

  1. Contar el proyecto

    Actividad prevista, forma jurídica que plantea, fecha de inicio y si contará con trabajadores.

  2. Ver las obligaciones

    Identificamos los modelos que le corresponderán y la información que debe guardar desde el primer día.

  3. Preparar el primer periodo

    Acordamos el calendario, el canal de entrega y las tareas laborales si va a contratar.

Antes de empezar

Preguntas sobre gestoría al empezar en Don Benito

¿Me tramitan el alta como autónomo?

Revisamos qué debe declarar en el alta censal para que encaje con su actividad. Los trámites concretos que incluimos se indican en la propuesta; no se presumen incluidos sin revisarlos.

¿Constituyen la sociedad?

No. La constitución ante notaría y su inscripción se hacen por separado. Nos ocupamos de los impuestos y las nóminas de la sociedad una vez que empieza a funcionar.

¿Qué modelos presentaré el primer trimestre?

Depende de la actividad, el régimen y si tiene trabajadores o paga alquiler. Revisamos su caso y la propuesta enumera los modelos que le corresponden.

¿Me conviene ser autónomo o sociedad?

Depende de su actividad, sus previsiones y su situación personal. Podemos revisar con usted qué cambia en los impuestos en cada caso, sin recomendaciones generales.

¿Llevan la contabilidad del negocio nuevo?

No ofrecemos contabilidad. Si constituye una sociedad, necesitará que alguien lleve sus libros; nosotros preparamos los impuestos con esa información.

¿Tengo que firmar un compromiso de permanencia?

No hay permanencia. Recibe un presupuesto sin compromiso con los servicios incluidos y los honorarios.

¿Tienen oficina en Don Benito?

No. Trabajamos desde Sevilla, sin oficina física, y le atendemos por teléfono, WhatsApp, correo o videollamada.

Si también necesita software o marketing

Puede conocer nuestras otras áreas y consultar el plan Axis para coordinarlas. El alcance de cada trabajo y sus condiciones se concretan en la propuesta.

Ver el plan Axis y sus condiciones →
  • Software a medida en Don Benito

    Si necesita una herramienta de facturación, gestión o intercambio de datos, definimos ese proyecto por separado de los trámites fiscales y laborales.

    Ver software a medida en Don Benito
  • Marketing digital en Don Benito

    Conozca el servicio de web, posicionamiento y campañas si además quiere trabajar la captación de clientes de su negocio.

    Ver marketing digital en Don Benito

Cuéntenos el negocio que va a empezar

Indique la actividad, cuándo quiere empezar y si prevé contratar. Le explicamos qué obligaciones tendrá y qué necesitamos para el presupuesto.